El Tribunal Supremo avala a SELAE en la disputa sobre la venta de loterías online

02/06/2025

El reciente fallo del Tribunal Supremo ha reafirmado la posición de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) en un litigio que cuestionaba la legalidad de sus métodos de venta de lotería. 

Antecedentes del litigio

La Sala Civil del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por la Plataforma Juego Limpio de Administraciones de Loterías contra SELAE. El conflicto se originó a raíz de una demanda interpuesta por la plataforma, que argumentaba que la venta online de billetes de lotería nacional en el sitio web oficial de SELAE, así como la venta en quioscos y bares mediante resguardos impresos, constituía competencia desleal debido a un abuso de dependencia económica.

En primera instancia, el Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid había dado parcialmente la razón a la demanda, considerando que el sistema de reparto de comisiones por ventas online era arbitrario. Sin embargo, esta decisión fue revocada por la Audiencia Provincial de Madrid, que desestimó completamente la demanda.

Fundamentación jurídica del Supremo

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia, concluyendo que SELAE no incurrió en abuso de dependencia económica respecto a las administraciones de lotería. Según el tribunal, las acciones de SELAE están alineadas con objetivos empresariales legítimos y no implican un vaciamiento de las relaciones económicas existentes. La resolución destaca que la diferencia de trato entre los distintos canales de venta está debidamente justificada y no es discriminatoria.

El Tribunal también señala que la falta de ampliación de la exclusiva de las administraciones a las nuevas modalidades de venta no constituye un abuso. En este sentido, se refiere al artículo 16 de la Ley de Competencia Desleal (Ley 3/1991), que regula el aprovechamiento de situaciones de dependencia económica, subrayando que para que se configure dicha dependencia es necesaria la existencia de una conducta abusiva, lo cual no se ha demostrado en este caso.

Las nuevas formas de comercialización

La sentencia detalla las dos modalidades de venta que fueron objeto de cuestionamiento: la venta de resguardos de lotería impresos en el momento de la transacción, disponibles en diversos establecimientos, y la venta directa a través del sitio web de SELAE, que asigna una comisión del 4 % a las administraciones de lotería elegidas por el cliente. Para el Supremo, estas prácticas son proporcionales a los objetivos empresariales y no infringen los derechos de las administraciones de lotería.

Conclusión del fallo

El Tribunal Supremo ha reafirmado la autonomía empresarial de SELAE para implementar nuevos canales de venta, destacando que estas iniciativas no generan discriminación arbitraria ni abuso de posición dominante. Con esta resolución, se cierra un proceso que comenzó en instancias inferiores, validando las estrategias comerciales adoptadas por la entidad estatal.