Abuso de posición dominante en el ecosistema Android

20/06/2025

Abuso de posición dominante en el ecosistema Android

La Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Juliane Kokott, ha propuesto desestimar el recurso de casación interpuesto por Google contra la sentencia del Tribunal General que confirmaba una multa de 4 124 millones de euros. La propuesta se fundamenta en la existencia de un abuso de posición dominante por parte de Google en el mercado de dispositivos móviles Android, mediante la imposición de restricciones contractuales a fabricantes y operadores de redes móviles.

Hechos probados

Restricciones contractuales como forma de abuso

La Comisión Europea, mediante Decisión de 18 de julio de 2018, impuso a Google una sanción de 4 343 millones de euros al considerar que había abusado de su posición dominante desde 2011. La infracción consistía en la imposición de tres restricciones contractuales:

  1. Agrupación de servicios: condicionaba la licencia de Google Play Store a la preinstalación obligatoria de Google Search y del navegador Chrome.
  2. Cláusulas antifragmentación: prohibía a los fabricantes lanzar dispositivos con versiones no autorizadas del sistema operativo Android.
  3. Acuerdos de reparto de ingresos: vinculaba ingresos publicitarios a la exclusión de motores de búsqueda distintos a Google.

Estas prácticas perseguían mantener y reforzar la posición de dominio de Google en el ámbito de la búsqueda general y asegurar los ingresos por publicidad en un entorno de creciente uso del internet móvil.

Recurso ante el Tribunal General y reducción parcial de la multa

Google impugnó la Decisión de la Comisión ante el Tribunal General. En su sentencia de 14 de septiembre de 2022, el Tribunal anuló la parte relativa al reparto de ingresos pero confirmó el abuso de posición dominante en lo relativo a la agrupación de aplicaciones y las cláusulas antifragmentación. En consecuencia, redujo la multa a 4 124 millones de euros. Google recurrió en casación ante el Tribunal de Justicia.

Conclusiones de la Abogada General

En sus conclusiones, la Abogada General Kokott propone desestimar el recurso de Google, al considerar que el Tribunal General aplicó correctamente el derecho de la competencia.

Subraya que no era necesario realizar un análisis contrafáctico para constatar el abuso de posición dominante, ya que la preinstalación de las aplicaciones de Google generaba un sesgo de statu quo que afectaba de manera significativa la capacidad de elección del usuario y colocaba a los competidores en una situación de desventaja insalvable.

Asimismo, rechaza el argumento de que solo podría hablarse de abuso si se demostraba que Google había expulsado a competidores igualmente eficaces. A su juicio, la posición estructuralmente dominante de Google, reforzada por los efectos de red y el acceso privilegiado a datos, impedía que cualquier competidor pudiera competir en condiciones equivalentes.

Infracción única y continuada

A pesar de la anulación parcial de la Decisión de la Comisión, la Abogada General considera que subsiste una infracción única y continuada. Según su análisis, Google articuló una estrategia global para anticiparse a la evolución del mercado móvil y preservar su modelo de negocio basado en la explotación de datos obtenidos a través de su buscador, aprovechando su posición dominante.

Propuesta al Tribunal de Justicia

La Abogada General propone:

  • Desestimar el recurso de casación de Google.
  • Confirmar la existencia de un abuso de posición dominante en el ecosistema Android.
  • Ratificar la validez del recálculo de la multa en 4 124 millones de euros.