El Tribunal Supremo perfila los requisitos de la Acción reivindicatoria

02/07/2025

El Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, ha desestimado el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación presentados por el demandado en un procedimiento de Acción reivindicatoria. Los propietarios de una finca situada en Almería iniciaron esta demanda con el fin de recuperar la posesión del inmueble.

La Acción reivindicatoria: elementos esenciales

El Alto Tribunal recuerda que para el éxito de una Acción reivindicatoria es imprescindible que concurran los siguientes requisitos:

  • Acreditación del derecho de propiedad: el demandante debe demostrar que es propietario del bien.

  • Identificación clara y precisa del inmueble: se debe describir de forma inequívoca la finca objeto de la reclamación.

  • Posesión injusta por parte del demandado: es necesario probar que el demandado posee el inmueble sin título legítimo.

En el presente caso, los propietarios aportaron la inscripción registral, los documentos catastrales y demás pruebas que acreditaban su derecho y la identificación de la finca.

La negativa del demandado y su vinculación con la finca

El demandado alegó no tener relación alguna con la finca y negó su posesión, tratando de eludir la Acción reivindicatoria por falta de legitimación pasiva. No obstante, los tribunales de instancia y el Tribunal Supremo han considerado que su simple negativa resulta insuficiente cuando existen indicios objetivos que lo relacionan con la ocupación del inmueble:

  • El demandado asumió los gastos del sepelio de la persona que residía en la finca.

  • Existen vínculos personales y familiares entre el demandado y los anteriores ocupantes.

  • Se halló en su poder documentación relacionada con la propiedad y la ocupación del inmueble.

  • No aportó una explicación alternativa convincente sobre su implicación con la finca.

Estos elementos permitieron concluir que, aunque no se acreditó una posesión directa y continuada, sí existía una relación material suficiente que justifica su inclusión en la Acción reivindicatoria.

Confirmación de la condena y doctrina del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo reitera que los recursos extraordinarios por infracción procesal no permiten una revisión general de la valoración de la prueba, salvo que se acredite un error patente, ilógico o arbitrario, lo que no ocurre en este caso.

Asimismo, establece que, en el ámbito de la Acción reivindicatoria, la negativa a la posesión por parte del demandado no basta para excluirlo del proceso cuando existen pruebas objetivas que acreditan su vinculación material con el bien.

Conclusión: la Acción reivindicatoria prospera

En consecuencia, el Tribunal Supremo confirma la condena al demandado, quien deberá cesar en la ocupación y restituir la finca a los demandantes. Además, se le imponen las costas del recurso y se ordena la pérdida de los depósitos constituidos para su interposición.