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Condena por abuso a menor aplicando la fenomenología de los delitos sexuales

Doce años de prisión y medidas accesorias tras desestimar el recurso de casación
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por la defensa de un hombre condenado por delito continuado de abuso sexual a menor de edad, confirmando íntegramente la sentencia previa. La pena impuesta incluye doce años de prisión, libertad vigilada durante ocho años, prohibición de acercamiento y comunicación con la víctima y una indemnización por daños morales.
La resolución incorpora de forma destacada los principios derivados de la fenomenología de los delitos sexuales, en particular en lo relativo a la valoración de la prueba testifical de la víctima y el análisis del tiempo transcurrido entre los hechos y su revelación.
Hechos probados
Abusos reiterados durante años
Según los hechos probados, el acusado mantuvo una conducta abusiva y continuada hacia una menor de edad, con quien mantenía una relación de cercanía y confianza. Los actos se repitieron en distintos contextos y durante varios años. La víctima no reveló los hechos hasta pasados varios años, en el marco de una intervención terapéutica especializada.
El testimonio fue respaldado por declaraciones de familiares cercanos y por informes psicológicos que reflejan sintomatología compatible con abuso sexual prolongado.
La fenomenología de los delitos sexuales como criterio judicial
La sentencia del Tribunal Supremo pone de relieve la importancia de valorar los testimonios de las víctimas menores desde la óptica de la fenomenología de los delitos sexuales. Esta disciplina permite comprender que las víctimas pueden tardar años en verbalizar lo ocurrido, debido a factores como:
Bloqueo emocional o desconocimiento del carácter abusivo de las conductas sufridas.
Sentimientos de culpa, vergüenza o miedo al agresor.
Influencias socioculturales que dificultan el relato o la denuncia.
A juicio del Alto Tribunal, estos elementos no solo no restan valor al testimonio, sino que refuerzan su credibilidad cuando se analizan bajo este enfoque especializado. En este caso, el relato fue coherente, persistente y estuvo libre de contradicciones relevantes.
Valoración de la prueba
Testimonio, entorno y periciales
La Sala concluye que la valoración de la prueba se realizó correctamente en las instancias previas, aplicando un criterio global y racional. Además del testimonio de la menor, se valoraron:
Declaraciones de familiares que corroboraron cambios conductuales en la víctima.
Informes psicológicos periciales que descartan simulación o fabulación.
Seguimiento clínico prolongado con profesionales independientes.
La aplicación de la fenomenología de los delitos sexuales fue clave para descartar que el retraso en la denuncia desvirtuara la credibilidad de la víctima.
Fallo del Tribunal Supremo
Condena firme y costas al recurrente
El Tribunal Supremo considera que no se ha vulnerado la presunción de inocencia del acusado y que la sentencia está debidamente motivada y fundamentada en Derecho. También se rechaza aplicar una ley penal posterior más favorable, al coincidir los márgenes punitivos.
En consecuencia, el recurso es desestimado en su totalidad y se imponen las costas al recurrente. El fallo adquiere firmeza y se consolida como un ejemplo paradigmático de aplicación judicial de la fenomenología de los delitos sexuales en la jurisprudencia penal.
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