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Tribunal Supremo anula liquidación de IRPF por no inspeccionar interior del inmueble
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El Tribunal Supremo ha anulado una liquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y la sanción correspondiente impuesta a un contribuyente. Esta anulación se debe a que la comprobación de valores se realizó sin llevar a cabo una inspección interior de los inmuebles involucrados, lo que ha sido considerado como un incumplimiento de los estándares de buena práctica pericial.
Comprobación de valores sin visita interior
La Administración tributaria había determinado que existía una ganancia patrimonial no exenta, tras denegar la aplicación del régimen especial del Capítulo VIII del Título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (TRLIS). Esta denegación se basó en la consideración de que no se cumplían los requisitos establecidos en el artículo 27.2 de la Ley del IRPF, que se refiere a la actividad económica.
La valoración realizada por la Administración se llevó a cabo únicamente mediante fotografías y observaciones exteriores, sin proporcionar una justificación adecuada para la falta de examen interior. El Tribunal Supremo ha señalado que esta omisión vulnera las exigencias de buena práctica que deben seguir los órganos de la Administración.
Exigencia de inspección completa
El Tribunal ha establecido una doctrina jurisprudencial clara: en los procedimientos de comprobación de valores, es imperativo que el perito realice una visita ocular tanto del exterior como del interior del bien inmueble. La única excepción a esta regla sería si se justifica de manera razonada la no necesidad de dicha inspección interna. Esta resolución se fundamenta en sentencias anteriores (STS de 26/11/2015, 21/01/2021 y 04/07/2023), que subrayan que la inspección personal del bien es fundamental para garantizar la precisión en la valoración y proporcionar una motivación adecuada para la resolución administrativa.
De acuerdo con el artículo 160.2 del Reglamento General de las Actuaciones y los Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria (RGAT), es necesario que la motivación de los dictámenes periciales esté suficientemente desarrollada. En este caso, la falta de justificación sobre el estado interior del inmueble resultó en una valoración incompleta y carente de rigor técnico.
Anulación de la liquidación y doctrina fijada
En su sentencia del 24 de junio de 2025, el Tribunal Supremo ha anulado la resolución de la Audiencia Nacional, revocado la liquidación tributaria impugnada y la sanción asociada. Además, ha establecido doctrina sobre la necesidad de realizar una inspección interior, salvo que exista una causa razonada que justifique su omisión. El Tribunal también ha decidido no imponer costas, considerando que ninguna de las partes actuó de mala fe o con temeridad.
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