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Audiencia de Sevilla plantea cuestión prejudicial al TJUE sobre el caso ERE y la primacía del Derecho europeo
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La reciente decisión de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla plantea una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el caso ERE y las implicaciones legales que surgen de las sentencias del Tribunal Constitucional.
Planteamiento de la cuestión prejudicial
La Audiencia Provincial de Sevilla ha decidido someter al TJUE una cuestión prejudicial debido a las dudas surgidas tras las sentencias del TC que han estimado parcialmente los recursos de amparo de ex altos cargos de la Junta de Andalucía, incluyendo a los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán. Estos exfuncionarios fueron condenados por delitos de prevaricación y malversación en el contexto del caso ERE.
Suspensión de la ejecución de las sentencias del TC
En un auto emitido el 14 de julio, el tribunal ha ordenado la suspensión de la ejecución de las sentencias del TC que afectan a los acusados involucrados en esta cuestión prejudicial. Esta medida se considera esencial para prevenir "un riesgo sistémico de impunidad futura en escenarios similares" y para proteger los intereses financieros de la Unión Europea.
Fundamento legal del conflicto
La decisión de la Audiencia se basa en la posible contradicción entre las sentencias del TC y el Derecho de la Unión Europea, así como en la jurisprudencia del TJUE. Se hace especial hincapié en el principio de primacía y en la Directiva (UE) 2017/1371, que se centra en la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión. La Audiencia sostiene que las resoluciones del TC podrían haber interferido en la función interpretativa del Tribunal Supremo, al redefinir aspectos normativos de los delitos imputados y ordenar una retroacción procesal que podría llevar a absoluciones.
Crítica a la doctrina del TC sobre legalidad penal
Los magistrados de la Audiencia critican la interpretación del TC sobre la legalidad penal, argumentando que desvincular la iniciativa legislativa presupuestaria de cualquier control jurídico puede crear un vacío de impunidad. Esta interpretación podría excluir del ámbito delictivo las acciones presupuestarias fraudulentas realizadas en la fase prelegislativa, lo que contraviene el artículo 404 del Código Penal y la jurisprudencia del TJUE, en particular la sentencia Euro Box Promotion (TJUE, 21 de diciembre de 2021), que establece requisitos más estrictos para la protección contra delitos que afectan a los intereses financieros de la Unión.
Consecuencias institucionales y daño al control penal
La Audiencia advierte que las resoluciones del TC podrían resultar en una exención de responsabilidad penal para miembros del Gobierno autonómico, lo que vulneraría los compromisos de España en la lucha contra la corrupción. La adopción de un estándar nacional que ofrezca una protección superior a la europea podría socavar la uniformidad del Derecho de la Unión en este ámbito, comprometer la confianza del público y dificultar el control judicial sobre las acciones gubernamentales que impactan el patrimonio público.
Contenido de las cuestiones prejudiciales planteadas
La Audiencia ha formulado cuatro preguntas al TJUE. Primero, si la actuación del TC excede su función de control y vulnera la competencia jurisdiccional. Segundo, si la interpretación del marco presupuestario andaluz infringe la normativa comunitaria. Tercero, si esta práctica es contraria a las exigencias en la lucha contra la corrupción y el fraude. Por último, se pregunta si un tribunal nacional puede desestimar una sentencia del TC que contravenga el Derecho de la Unión, actuando como juez europeo conforme al principio de primacía del Derecho comunitario.
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