Plazo de cinco años para reclamar mejoras voluntarias en IT

23/07/2025

El Tribunal Supremo ha resuelto que el plazo de cinco años es el aplicable para reclamar mejoras voluntarias en la prestación por incapacidad temporal (IT). Esta decisión afecta especialmente al personal sanitario del Servicio Murciano de Salud (SMS), reforzando su derecho a percibir complementos como el promedio de guardias durante una baja por embarazo.

Reclamación tras baja por embarazo

Una médico interno residente inició una baja por IT en enero de 2019. Durante el periodo anterior a la baja, realizaba guardias médicas de forma regular. En marzo de 2021, presentó una reclamación solicitando que estas guardias se incluyeran en el complemento retributivo del 100%, reconocido como mejora voluntaria según la normativa autonómica murciana.

Aunque el SMS aceptó parcialmente la solicitud, rechazó abonar el promedio de guardias. Tanto el juzgado como el tribunal de suplicación acogieron la excepción de prescripción, al entender que había transcurrido el plazo legal para reclamar.

El Tribunal Supremo fija doctrina

Aplicación del plazo de cinco años del artículo 53 LGSS

El Tribunal Supremo estima el recurso de casación interpuesto por la trabajadora y establece que:

  • El plazo de cinco años recogido en el artículo 53 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) es el que debe aplicarse a las reclamaciones relacionadas con mejoras voluntarias en prestaciones como la incapacidad temporal.
  • No resulta aplicable el plazo de un año previsto en el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores ni el de caducidad del artículo 54 LGSS, ya que la controversia no gira en torno a pagos periódicos ya reconocidos, sino al reconocimiento inicial del derecho a un complemento.

En consecuencia, como la reclamación se presentó en marzo de 2021 y los hechos reclamados correspondían a 2019, el Tribunal concluye que la acción no estaba prescrita, al no haber superado el plazo de cinco años.

Doctrina consolidada

Esta sentencia se alinea con otras decisiones recientes del Tribunal Supremo (SSTS 99/2025, 182/2024, 358/2024, 673/2024 y 961/2024), consolidando una interpretación uniforme sobre la aplicación del plazo de cinco años en este tipo de casos.

Fallo del Tribunal Supremo

Se estima el recurso de casación para la unificación de doctrina. El Tribunal anula las sentencias anteriores y devuelve las actuaciones al juzgado de instancia, que deberá resolver el fondo del litigio conforme a la doctrina fijada.

Conclusión: el plazo de cinco años refuerza los derechos de los trabajadores

Esta sentencia del Tribunal Supremo aporta seguridad jurídica al personal estatutario y funcionario, al confirmar que el plazo de cinco años es el aplicable a las reclamaciones de mejoras voluntarias en prestaciones por incapacidad temporal. Una decisión clave para quienes reclaman el complemento del 100%, especialmente en casos donde el reconocimiento del derecho no fue inmediato.