TSJ de Murcia reconoce derecho a compensación por vestuario a policías de paisano

10/09/2025

La reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha establecido la compensación económica por vestuario para los agentes de la Policía Nacional que prestan servicio sin uniforme.

Reconocimiento judicial a policías de paisano

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en su Sección Segunda, ha emitido la Sentencia 386/2025, en la que se acepta el recurso presentado por un agente del Cuerpo Nacional de Policía. Este recurso fue interpuesto tras la desestimación presunta de su solicitud para recibir una indemnización por vestuario, dado que el funcionario estaba obligado a utilizar vestimenta de paisano debido a las exigencias de su destino, lo que implicaba un gasto personal.

Allanamiento de la Administración

Durante el proceso judicial, la Abogacía del Estado se allanó a la pretensión del actor, lo que indica un reconocimiento por parte de la Administración de la validez de la reclamación. Este reconocimiento se alinea con la doctrina establecida por el Tribunal Supremo en la Sentencia 1166/2021, de 24 de septiembre, que afirma que los policías que están exentos del uso del uniforme por razones reglamentarias tienen derecho a recibir la compensación económica por vestuario en las mismas condiciones que aquellos agentes asignados a servicios de protección dinámica de personalidades.

Alcance temporal de la indemnización

La sentencia también determina que el derecho del funcionario a recibir la compensación se extiende desde el año 2018 hasta la fecha actual. Sin embargo, los efectos de esta indemnización están limitados a los cuatro años anteriores a la reclamación administrativa, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 47/2003, General Presupuestaria, que regula la prescripción de derechos económicos frente a la Administración. Se ha establecido una cuantía anual de 498 euros, además de los intereses legales correspondientes a las cantidades no prescritas.

Continuidad del derecho reconocido

El fallo judicial aclara que el derecho a la compensación se mantendrá vigente mientras el funcionario continúe en su condición de policía y permanezca exento de portar uniforme por razones reglamentarias. Esto significa que no será necesario presentar solicitudes anualmente, a menos que ocurran circunstancias que lleven a la extinción de este derecho, como la pérdida de la condición de funcionario o un cambio de destino.

Posibilidad de recurso

A pesar de que la resolución es favorable para el recurrente, cabe destacar que es susceptible de recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, siempre que se considere que existe un interés casacional objetivo, conforme a lo estipulado en los artículos 86 y siguientes de la Ley 29/1998, que regula la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.