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Audiencia Provincial absuelve a técnico de laboratorio por falta de pruebas en acceso a historial médico
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En una sentencia emitida el 16 de julio de 2025, la Audiencia Provincial de Cantabria absolvió a una técnico de laboratorio del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla, quien había sido acusada de acceder sin autorización al historial clínico de una colega.
Detalles del caso
La técnico fue imputada por supuestamente acceder al expediente médico de una compañera utilizando su usuario y contraseña. Sin embargo, el tribunal subrayó que no había evidencia concluyente que demostrara que la acusada había realizado efectivamente dicha acción, lo que llevó a la absolución.
Prácticas laborales cuestionables
La Sección Tercera de la Audiencia observó que en el laboratorio era habitual que los empleados mantuvieran las sesiones abiertas incluso después de finalizar sus turnos. Esta práctica fue confirmada por la víctima y dos compañeras de la acusada, quienes trabajaban en el mismo horario. Además, los hechos ocurrieron durante la madrugada, cuando al menos tres personas estaban presentes en el laboratorio. La técnico siempre negó haber accedido a los datos, argumentando que cualquier persona presente podría haberlo hecho utilizando su sesión activa.
Testimonios que fortalecen la defensa
Durante el juicio, se presentaron pruebas y testimonios que apoyaron la defensa de la acusada. La víctima reconoció que era común utilizar cualquier ordenador disponible sin cerrar la sesión anterior. Un inspector médico que supervisaba el expediente corroboró que las aplicaciones no bloqueaban automáticamente el acceso a los historiales médicos. Además, un técnico informático testificó que era posible que varias sesiones permanecieran abiertas en un mismo equipo, lo que aumentaba la incertidumbre sobre la autoría del acceso irregular.
Presunción de inocencia
La sentencia concluyó que, aunque se había probado el acceso no autorizado al historial clínico, no se demostró que la acusada fuera la responsable. La Audiencia recordó que en el ámbito penal se aplica el principio de presunción de inocencia, tal como se establece en el artículo 24 de la Constitución Española. La falta de pruebas concluyentes sobre la autoría llevó a la necesidad de dictar una sentencia absolutoria. El tribunal advirtió que una condena basada únicamente en conjeturas violaría el derecho fundamental al debido proceso.
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