El convenio regulador en los procesos de separación y divorcio

09/10/2025

¿Qué es el convenio regulador?

El convenio regulador es un documento legal que recoge los acuerdos alcanzados entre los cónyuges para regular su nueva situación familiar, personal y económica tras la separación o el divorcio.

Su finalidad es establecer de forma consensuada las normas que regirán la vida familiar una vez disuelto el vínculo matrimonial, garantizando la seguridad jurídica de ambas partes y protegiendo, ante todo, el interés superior de los hijos.

En él se determinan aspectos esenciales como la custodia, el régimen de visitas, la pensión de alimentos, la atribución de la vivienda familiar, la pensión compensatoria o la liquidación del régimen económico matrimonial. También puede incluir otras cuestiones complementarias, como el cuidado de los animales de compañía o la relación de los menores con sus abuelos.

¿Cuándo es obligatorio?

El convenio regulador es obligatorio en los divorcios o separaciones de mutuo acuerdo, tanto en matrimonios como en parejas de hecho con hijos. Debe presentarse ante el juzgado siempre que existan hijos menores de edad o mayores con discapacidad o dependencia económica, ya que el juez y el Ministerio Fiscal deben revisar que las medidas adoptadas sean adecuadas a su protección.

En cambio, si no hay acuerdo entre los cónyuges, el divorcio será contencioso, y será el juez quien establezca las medidas definitivas en la sentencia, sin necesidad de convenio.

¿Qué contenido mínimo debe incluir? (art. 90 CC)

El artículo 90 del Código Civil establece el contenido mínimo que debe figurar en todo convenio regulador. Las cláusulas más importantes son las siguientes:

·       Guarda y custodia de los hijos: puede ser compartida o exclusiva, determinando la convivencia y el reparto de responsabilidades entre los progenitores.

·       Régimen de visitas y comunicación: fija los periodos en los que el progenitor no custodio podrá convivir con los hijos, así como las vacaciones y, si se considera oportuno, las visitas con los abuelos.

·       Uso de la vivienda familiar y ajuar doméstico: especifica quién residirá en la vivienda tras la ruptura y el destino de los bienes comunes necesarios para la vida cotidiana.

·       Contribución a las cargas del matrimonio: regula cómo participará cada cónyuge en los gastos comunes y la pensión de alimentos destinada a los hijos.

·       Pensión compensatoria, si procede, en favor del cónyuge que resulte económicamente más perjudicado tras la separación.

·       Liquidación del régimen económico matrimonial, en caso de que se desee realizar en el momento del divorcio.

·       Destino y cuidado de los animales de compañía, si los hubiera, así como la distribución de los tiempos de convivencia y los gastos asociados a su cuidado.

Este contenido puede ampliarse con otras medidas adaptadas a las circunstancias de cada familia, siempre dentro de los límites legales.

¿Quién lo aprueba?

Una vez firmado por ambas partes, el convenio regulador se presenta junto con la demanda de divorcio o separación de mutuo acuerdo ante el Juzgado de Primera Instancia competente.

A continuación, los cónyuges deben ratificarlo ante el Letrado de la Administración de Justicia, manifestando que lo han suscrito libremente y que están conformes con su contenido.

Cuando hay hijos menores o mayores con discapacidad, el documento se remite al Ministerio Fiscal, quien comprobará que las medidas adoptadas respetan el interés y bienestar de los menores.

Tras esta revisión, el juez dictará una sentencia que aprueba el convenio regulador y otorga la separación o el divorcio, quedando el acuerdo plenamente incorporado a la resolución judicial.

¿Qué pasa si el juez no lo aprueba?

El juez puede no aprobar total o parcialmente el convenio regulador si detecta que alguna de sus cláusulas vulnera derechos básicos, no se ajusta a la ley o perjudica el interés de los hijos.

En este caso, se solicitará a las partes que modifiquen los puntos observados para adecuarlos a las exigencias legales.

Si no se llega a un nuevo acuerdo o las partes no aceptan los cambios, el procedimiento podrá continuar como divorcio contencioso, y el juez determinará las medidas que estime oportunas en la sentencia.

¿Cuándo produce efectos?

El convenio regulador produce efectos desde su aprobación judicial mediante sentencia firme.

Aunque el documento puede tener validez contractual desde el momento de su firma, solo adquiere eficacia plena y carácter ejecutivo tras su homologación por el juez.

A partir de entonces, las medidas recogidas en él son obligatorias para ambas partes y pueden ser exigidas judicialmente en caso de incumplimiento.

¿Puede modificarse después?

Sí. El convenio regulador puede modificarse si cambian de forma relevante las circunstancias personales, familiares o económicas que motivaron los acuerdos iniciales.

Por ejemplo, pueden dar lugar a una modificación el cambio de ingresos de alguno de los cónyuges, el aumento o disminución de las necesidades de los hijos, un traslado de residencia o cualquier alteración que haga necesaria una nueva regulación.

La modificación puede realizarse de mutuo acuerdo, mediante la firma de un nuevo convenio que sustituya al anterior, o judicialmente, si solo una de las partes la solicita.

En cualquier caso, la modificación debe ser aprobada por el juez para que tenga validez legal.

¿Qué ocurre si no se cumple?

El incumplimiento del convenio regulador tiene efectos legales y puede conllevar sanciones.

Si una de las partes no cumple con lo pactado —por ejemplo, no paga la pensión de alimentos o compensatoria, o no respeta el régimen de visitas—, la otra parte puede acudir al juzgado y solicitar su ejecución forzosa. Entre las medidas que puede adoptar el juez se incluyen:

·       Embargo de bienes o cuentas bancarias.

·       Multas o trabajos comunitarios, en caso de persistir el incumplimiento.

·       Modificación de las cláusulas del convenio, si el incumplimiento afecta a la custodia o al interés de los hijos.

·       En casos graves, puede calificarse como delito de desobediencia penal, con las sanciones correspondientes.

Cumplir con las obligaciones pactadas es fundamental para evitar conflictos judiciales y proteger la estabilidad familiar tras la separación.