El Tribunal Supremo avala el uso de datos personales por la Agencia Tributaria

20/10/2025

El reciente fallo del Tribunal Supremo ha confirmado la legalidad del uso de datos personales de terceros por parte de la Agencia Tributaria, en circunstancias donde esto es esencial para fundamentar una liquidación fiscal. Esta decisión pone fin a un extenso proceso legal iniciado por una contribuyente que había denunciado a la Administración por la inclusión de su información personal en procedimientos tributarios que no le correspondían.

Antecedentes del caso

La demandante impugnó la resolución de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que había inadmitido su reclamación contra la Agencia Tributaria. La contribuyente argumentaba que la Agencia había infringido su derecho a la protección de datos al utilizar su nombre, número de identificación y vínculos familiares en liquidaciones de IVA e IRPF que pertenecían a otra persona. La Audiencia Nacional respaldó la actuación de la Administración, lo que llevó a la afectada a presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, alegando una violación del artículo 8 de la Ley Orgánica 3/2018 y del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

Argumentación del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo desestimó el recurso, aclarando que la actuación de la Administración no constituyó una cesión ilícita de datos, sino un tratamiento legítimo conforme a los artículos 6.1.c) y e) del RGPD. Según el fallo, la Agencia Tributaria actuó dentro del ejercicio de sus competencias públicas y con el objetivo de justificar adecuadamente las liquidaciones fiscales.

El Alto Tribunal subrayó que los datos utilizados eran adecuados, pertinentes y no excesivos, ya que eran esenciales para justificar la denegación de ciertas deducciones relacionadas con transacciones entre familiares. En virtud del artículo 102.2.c) de la Ley General Tributaria, se establece que la motivación de los actos administrativos debe ser exhaustiva desde su inicio, lo que hace inviable la anonimización de la información en la fase administrativa.

Referencias al Derecho de la Unión Europea

El fallo también hace referencia a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (asuntos C-73/16 y C-439/19), que permite el tratamiento de datos personales sin el consentimiento del afectado cuando existen fines legítimos, como la lucha contra el fraude fiscal, siempre que se respeten los principios de necesidad y proporcionalidad.

Doctrina Jurisprudencial Establecida

El Tribunal Supremo establece como doctrina que el tratamiento de datos personales por parte de la Agencia Tributaria en relación con terceros que no son parte interesada en un procedimiento es lícito, siempre que esté debidamente justificado, sea proporcional y necesario para la correcta determinación de los hechos y la motivación de las resoluciones tributarias.