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La Xunta de Galicia puede ordenar demoliciones en zonas de costas sin límite temporal
 
		La reciente decisión del Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra reafirma la autoridad de la Xunta de Galicia para llevar a cabo demoliciones de edificaciones ilegales en áreas de protección de costas, sin limitaciones temporales.
La sentencia sobre la demolición de viviendas ilegales
El tribunal ha resuelto el recurso 239/2025, confirmando que la Xunta puede ordenar la demolición de viviendas construidas de manera ilegal en zonas de servidumbre de protección de costas, incluso si han pasado más de quince años desde su edificación. Esta decisión respalda la actuación de la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística, que en noviembre de 2022 había ordenado el derribo de dos edificaciones prefabricadas ubicadas en primera línea de playa en la ría de Aldán, en Cangas. Estas construcciones fueron levantadas a principios de los años noventa sin la licencia urbanística requerida.
Principio “non bis in idem” y su aplicación
El juez ha desestimado la aplicación del principio “non bis in idem”, argumentando que la imposición de sanciones económicas en 1993 por parte del Ayuntamiento de Cangas al propietario de las viviendas no impide que la Administración exija la restitución de la legalidad urbanística. La sentencia aclara que esta obligación es independiente y no prescribe mientras la infracción continúe vigente. Según el magistrado, “el plazo para exigir la demolición de las construcciones ilegales en zona de servidumbre de costas es indefinido desde la entrada en vigor de la Ley 22/1988, de Costas”.
Derecho de propiedad y su consideración
El tribunal también ha rechazado la afirmación de que la orden de demolición infringe el derecho de propiedad de los actuales titulares. Se subraya que la demolición no equivale a una expropiación, sino que se trata de una obligación de adecuar el terreno a los usos permitidos por la ley. La sentencia aclara que los propietarios mantienen la titularidad de sus fincas, pero deben eliminar las construcciones que violan la normativa de protección del dominio público marítimo-terrestre, ya que el paso del tiempo no otorga legalidad a lo que fue edificado de forma ilícita.
Referencia al informe Auken y normativa europea
La sentencia hace mención al informe Auken del Parlamento Europeo, publicado en 2009, que denunciaba la urbanización ilegal en zonas costeras españolas y la ineficacia de la administración en su corrección. El magistrado destaca que la normativa europea no respalda este tipo de construcciones ilegales y que la obligación de restaurar físicamente el entorno prevalece sobre los intereses particulares.
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