El TJUE ratifica la compensación de jueces mediante descanso y no salario en el caso C‑272/24

29/12/2025

En un reciente fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea relacionado con el caso C‑272/24, se abordó la cuestión de la compensación por tareas adicionales realizadas por jueces en Rumanía. Este asunto es significativo dado el contexto de la independencia judicial y la adecuada retribución de los magistrados, aspectos fundamentales para garantizar un sistema judicial eficaz y libre de influencias externas.

Contexto del caso

El Tribunal de Distrito de Galați, en Rumanía, se enfrentó a una situación de escasez de personal debido a la existencia de plazas vacantes de juez. Un magistrado, que ha estado en funciones desde 2017, argumentó que desde 2019 había asumido no solo sus propias responsabilidades, sino también parte de las tareas correspondientes a las plazas vacantes. Este magistrado consideró que esta situación implicaba la realización de horas extraordinarias y solicitó una compensación económica por ello.

La demanda presentada reclamaba una parte proporcional de los salarios netos y complementos asociados a las plazas vacantes, distribuidos entre los jueces en activo, para el periodo comprendido entre 2019 y 2021, así como para los años posteriores hasta que se cubrieran las vacantes.

Decisiones judiciales nacionales

El Tribunal de Distrito de Bucarest desestimó la demanda el 11 de enero de 2023, argumentando que, según la legislación rumana vigente, las horas extraordinarias de los jueces solo pueden ser compensadas con tiempo de descanso. El magistrado apeló ante el Tribunal Superior de Bucarest, sosteniendo que la compensación en forma de descanso era meramente teórica, dada la carga de trabajo real que enfrentaba.

El Tribunal Superior, recordando que el Tribunal Constitucional rumano había destacado la estabilidad económica de los magistrados como una garantía de independencia judicial, planteó al TJUE si el Derecho de la Unión se opone a una normativa nacional que limite la compensación de horas extraordinarias a tiempo de descanso.

Consideraciones del Tribunal de Justicia

El TJUE enfatizó que la independencia judicial es un componente esencial del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva y a un proceso equitativo. Entre las garantías de esta independencia se encuentran la inamovilidad de los jueces y la percepción de una retribución adecuada que los proteja del riesgo de corrupción.

No obstante, el Tribunal concluyó que el principio de independencia judicial no se opone a una normativa nacional que excluya la compensación económica por tareas adicionales realizadas por jueces. Así, la concesión de descanso compensatorio se considera una medida suficiente y conforme con el Derecho de la Unión.

Requisitos adicionales

El TJUE estableció dos condiciones para la validez de esta forma de compensación:

  • El juez afectado debe poder disfrutar efectivamente del tiempo de descanso compensatorio.
  • La normativa no debe menoscabar la adecuación de la retribución judicial en relación con la importancia de las funciones desempeñadas.

El Tribunal también subrayó que las normas nacionales sobre retribución no deben generar dudas legítimas en los ciudadanos sobre la neutralidad de los jueces frente a intereses externos ni sobre la independencia de los tribunales con respecto a los poderes Legislativo y Ejecutivo.