Fecha límite para la evaluación de riesgos laborales en el hogar: Obligaciones para empleadores

14/11/2025

El cumplimiento de la evaluación de riesgos laborales en el hogar es un tema de gran relevancia para la seguridad y salud de los trabajadores del servicio doméstico. Según el Real Decreto 893/2024, se establece un plazo específico para que los empleadores del hogar realicen esta evaluación, lo que subraya la importancia de la protección laboral en este sector.

Plazo para la evaluación de riesgos laborales

El 14 de noviembre de 2025 marca la fecha límite para que los empleadores del hogar completen la evaluación de riesgos laborales estipulada en el Real Decreto 893/2024, publicado el 10 de septiembre. Este decreto regula la protección de la seguridad y la salud en el ámbito del servicio del hogar familiar. La disposición adicional primera del decreto establece un periodo de seis meses desde la publicación de la herramienta oficial de prevención, que estará disponible a partir del 14 de mayo de 2025 en la plataforma Prevencion10.es.

Es fundamental que la evaluación esté realizada, documentada y actualizada antes de la fecha límite. El incumplimiento de esta obligación puede acarrear sanciones conforme al régimen general establecido en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.

Alcance y contenido de la obligación

La responsabilidad de llevar a cabo esta evaluación recae sobre todos los empleadores particulares, sin importar el número de trabajadores que tengan contratados. El objetivo principal es identificar y prevenir riesgos que puedan comprometer la seguridad del personal doméstico.

La reforma de septiembre de 2022 de la Ley 31/1995 reconoce explícitamente el derecho de los trabajadores del hogar a recibir protección en materia de seguridad y salud, equiparándolos a otros sectores laborales. El Real Decreto 893/2024 desarrolla este mandato, exigiendo a los empleadores realizar una evaluación inicial, elaborar un plan de prevención, implementar medidas correctivas y documentar la fecha de implementación de estas medidas.

Herramienta oficial en Prevencion10.es

El Ministerio de Trabajo y Economía Social, en colaboración con el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, ha desarrollado una herramienta digital para facilitar el cumplimiento de esta normativa. Esta plataforma permite:

  • Introducir información sobre el domicilio y las tareas realizadas.
  • Identificar riesgos como caídas, cortes, manipulación de cargas o exposición a productos químicos.
  • Proponer medidas preventivas personalizadas.
  • Generar un documento que contenga la evaluación y el plan de acción.
  • Registrar las fechas de implementación y realizar un seguimiento.

La normativa establece que tanto el empleador como el trabajador deben recibir una copia de toda la documentación preventiva generada.

Consecuencias ante incumplimientos

Aunque el Real Decreto 893/2024 no incluye un régimen sancionador específico, el incumplimiento de esta obligación puede resultar en infracciones tipificadas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que prevé sanciones económicas y responsabilidades en caso de accidente o enfermedad profesional relacionada con riesgos que no hayan sido evaluados o corregidos.