Noticias legislación
El uso policial de datos biométricos es legal si hay control periódico
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha resuelto una cuestión clave sobre la recogida y conservación de datos biométricos por parte de las autoridades policiales. En su sentencia, confirma que los Estados miembros pueden conservar este tipo de datos sensibles sin necesidad de establecer un plazo máximo, siempre que existan controles adecuados.
Recogida de datos biométricos por parte de la Policía checa
Un funcionario público checo fue investigado por un delito doloso. La Policía ordenó la toma de datos biométricos —huellas dactilares, fotografías, descripción física— y de una muestra de saliva para establecer un perfil genético, a pesar de la oposición del afectado. Los datos fueron almacenados en bases policiales.
Tras ser condenado en 2017, el funcionario inició un procedimiento independiente para impugnar la recogida y conservación de sus datos biométricos, alegando una intromisión ilegítima en su vida privada. Un tribunal checo le dio la razón y ordenó la supresión de los datos. La Policía recurrió y el asunto llegó al TJUE.
Recogida y conservación de datos biométricos
Condiciones legales según el Tribunal de Justicia de la UE
El TJUE considera conforme al Derecho de la Unión la recogida de datos biométricos de personas acusadas o simplemente sospechosas de haber cometido un delito doloso, siempre que:
- No se requiera distinguir entre sospechosos y acusados para el fin perseguido.
- Se respeten los principios legales del tratamiento de datos sensibles, establecidos tanto en la normativa nacional como en la Directiva (UE) 2016/680.
Además, aclara que el concepto de "Derecho del Estado miembro" incluye la jurisprudencia nacional, si esta es accesible y previsible, y puede servir de base legal para la recogida y conservación de datos biométricos.
¿Es obligatorio fijar un plazo máximo de conservación?
No. El TJUE señala que los Estados miembros pueden autorizar la conservación de datos biométricos sin fijar un período máximo, siempre que:
- Se establezcan plazos apropiados para revisar periódicamente la necesidad de conservar los datos.
- Las autoridades evalúen en cada revisión si subsiste la necesidad estricta de mantener dichos datos.
Este enfoque garantiza un equilibrio entre la seguridad pública y los derechos fundamentales, sin imponer límites temporales automáticos.
El uso policial de datos biométricos requiere control, no plazos fijos
El Tribunal de Justicia de la UE avala que las autoridades policiales conserven datos biométricos, incluso sin plazo límite, si existe una revisión constante de la necesidad. Esta sentencia refuerza la idea de que la protección de datos no impide la labor policial, siempre que se respeten los principios de legalidad, proporcionalidad y control judicial.
Información de contacto
Lara Peláez González Abogadoslarapelaezgonzalez.esinfo@larapelaezgonzalez.esCentralita: 952 777 906Nuestros despachos
- Marbella
- Churriana
- Málaga
- Madrid
- Granada
- Sevilla
- Jaén
- Melilla
Noticias de Abogacía
Últimas noticias
- La prórroga de las medidas de protección social ¿Qué va a ocurrir a partir del 31 de octubre de 2021? 19 enero, 2022
- Tu asesoría jurídica en manos expertas 7 julio, 2021
- La revisión de oficio está de actualidad 4 marzo, 2021