El TSJ de Canarias investiga a abogado por citar jurisprudencia inexistente generada por inteligencia artificial

06/01/2026

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha iniciado una investigación sobre el uso de citas jurídicas que no existen, generadas potencialmente por inteligencia artificial, en un recurso de apelación. 

Detección de irregularidades en un recurso de apelación

La Sala de lo Penal del TSJC ha decidido investigar la posible infracción del principio de buena fe procesal por parte de un abogado. En un recurso de apelación, este profesional citó resoluciones judiciales y documentos oficiales que no están registrados en ninguna base de datos jurídica reconocida. Los indicios sugieren que estas referencias podrían haber sido generadas por herramientas de inteligencia artificial y utilizadas sin la adecuada verificación.

Esta decisión se deriva de una sentencia reciente que confirma la absolución de un ciudadano de Tenerife, quien fue juzgado en julio por un delito de agresión sexual ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. El recurso fue presentado por la acusación particular, cuyo letrado fundamentó parte de su argumentación en jurisprudencia que, según se ha comprobado, no existe.

Citas apócrifas y documentos inexistentes

Durante la revisión del recurso, el Tribunal identificó al menos siete sentencias del Tribunal Supremo que no figuran en las bases de datos oficiales. Asimismo, se hizo referencia a un supuesto informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre la credibilidad del testimonio infantil, fechado en 2019, cuya existencia tampoco ha sido confirmada.

La Sala ha calificado estas referencias como “espurias” o “apócrifas” y ha enfatizado que su inclusión no puede considerarse un simple error aislado. En cambio, se observa una reiteración que, a juicio del Tribunal, revela una actuación negligente incompatible con los estándares requeridos para un profesional del Derecho.

Valoración judicial de la conducta profesional

La resolución del Tribunal critica que el abogado haya confiado “sin mayor revisión” en las sugerencias de un algoritmo, omitiendo la diligencia mínima necesaria para verificar la veracidad y existencia de las fuentes citadas. El Tribunal indica que la abundancia de referencias podría haber tenido como objetivo conferir una apariencia de autoridad a afirmaciones que carecen de respaldo real.

La sentencia menciona un ejercicio de “libérrima creatividad jurídica”, resaltando la facilidad con la que se desglosaron las resoluciones inexistentes en el escrito, como si provinieran de fuentes auténticas.

Apertura de pieza separada y posibles consecuencias

Ante estos hechos, la Sala ha ordenado la creación de una pieza separada para investigar las posibles responsabilidades del abogado, de acuerdo con el artículo 247, apartados 3 y 4, de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 552 y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Estas normativas regulan las sanciones por actuaciones que contravengan la buena fe procesal.

Las posibles consecuencias de esta investigación pueden incluir la imposición de una multa y, en su caso, la notificación de los hechos al colegio profesional correspondiente para la eventual apertura de un expediente disciplinario. El Tribunal subraya que, debido a la reiteración de la conducta investigada, esta “merece ser depurada”, previa audiencia del abogado afectado.