La DGT establece nuevas restricciones de tráfico para el año 2026

19/01/2026

La Dirección General de Tráfico ha establecido nuevas regulaciones de tráfico que estarán vigentes durante el año 2026. Estas medidas, publicadas en el Boletín Oficial del Estado, tienen como objetivo principal mejorar la seguridad vial y asegurar un flujo vehicular adecuado en períodos de alta movilidad, especialmente durante fechas asociadas a eventos especiales y operaciones de gran afluencia.

Aprobación de las medidas especiales

La DGT ha emitido la Resolución de 14 de enero de 2026, que establece un conjunto de medidas especiales para la regulación del tráfico. Esta normativa se fundamenta en los artículos 5, 12 y 18 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, así como en diversas disposiciones del Reglamento General de Circulación y del Reglamento General de Vehículos.

Restricciones a eventos y pruebas deportivas

Una de las principales características de esta normativa es la restricción en la realización de pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos que puedan comprometer la seguridad o la fluidez del tráfico. En términos generales, no se permitirá la celebración de estas actividades en las fechas y tramos especificados en los anexos de la resolución, salvo en casos excepcionales relacionados con competiciones oficiales de ámbito internacional, nacional o autonómico. Estas excepciones estarán sujetas a la garantía de la seguridad vial y a la mínima alteración de los desplazamientos previstos.

Limitaciones a vehículos de mercancías

La resolución también impone restricciones específicas para los vehículos de transporte de mercancías, especialmente aquellos con una masa máxima autorizada que supere los 7.500 kilogramos. Se establecen prohibiciones basadas en un calendario, tramos de vía e itinerarios, además de un régimen particular para el transporte de mercancías peligrosas de acuerdo con el Acuerdo ADR. Sin embargo, se contemplan exenciones significativas, como el transporte de mercancías perecederas, ganado vivo, servicios de auxilio en carretera o situaciones de emergencia, siempre que se cumplan las condiciones legales pertinentes.

Carriles reservados y medidas excepcionales

Además, la DGT regulará el uso de carriles reservados para vehículos de alta ocupación (VAO) y para el transporte público de pasajeros, especificando los tipos de vehículos autorizados y las condiciones de uso. La resolución también prevé la implementación de medidas excepcionales en respuesta a fenómenos meteorológicos adversos, alta concentración de vehículos o tramos con alta siniestralidad, que pueden incluir la prohibición temporal de adelantamientos o la habilitación de carriles en sentido contrario.

Régimen sancionador y vigencia

El incumplimiento de estas medidas será objeto de sanciones conforme a la legislación vigente en materia de tráfico. La resolución entrará en vigor ocho días hábiles después de su publicación y se mantendrá vigente durante todo el año 2026, hasta que se apruebe la normativa correspondiente para el siguiente ejercicio.