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Recogida de datos biométricos en investigación penal
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado que la recogida de datos biométricos en el marco de una investigación penal no puede imponerse de forma automática. La toma de huellas dactilares y fotografías por parte de la policía solo puede justificarse cuando sea estrictamente necesaria y esté motivada de forma concreta. De lo contrario, incluso la sanción penal impuesta por negarse a esa recogida de datos biométricos puede resultar contraria al Derecho de la Unión.
Negativa a la recogida de datos biométricos
En mayo de 2020, HW fue detenido en París por la organización de una manifestación no declarada y por actos de rebelión. Durante su detención preventiva, se negó a someterse a una recogida de datos biométricos, consistente en la toma de huellas dactilares y fotografías.
Esa negativa dio lugar a una condena penal, pese a que finalmente fue absuelto del delito que motivó la medida. Por ello, alegó que la normativa francesa no era conforme con el Derecho de la Unión en materia de protección de datos personales en el ámbito penal.
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea | La recogida de datos biométricos debe estar motivada
El Tribunal recuerda que los datos biométricos son datos sensibles y, por tanto, están sometidos a una protección reforzada. Por ello, la recogida de datos biométricos solo puede admitirse cuando sea estrictamente necesaria y existan garantías adecuadas para los derechos de la persona afectada.
Además, precisa que la mera sospecha de que se ha cometido un delito no basta para justificar por sí sola esa medida. Cada decisión debe ir acompañada de una motivación clara, aunque sea sucinta, que permita comprender las razones de la recogida de datos biométricos y, en su caso, impugnarla.
La sanción depende de que la medida sea legal
El Tribunal añade que una normativa nacional que permita la recogida de datos biométricos de forma sistemática sería contraria al Derecho de la Unión. También señala que la sanción penal por negarse a esa medida solo será válida si la recogida previa cumplía realmente el requisito de estricta necesidad y respetaba el principio de proporcionalidad.
Fallo del Tribunal de Justicia | recogida de datos biométricos
En definitiva, el Tribunal de Justicia refuerza la protección frente a la recogida de datos biométricos en el proceso penal. La policía no puede acordarla de forma automática, sino que debe justificar en cada caso su necesidad concreta. Solo así podrá considerarse válida, en su caso, la sanción por negarse a someterse a ella.
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