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El Supremo obliga a revisar las autorizaciones VTC denegadas por la ratio 1/30
El Supremo anula la denegación de autorizaciones VTC basada en la ratio 1/30
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación interpuesto por una mercantil a la que la Generalitat de Cataluña denegó 42 autorizaciones VTC. La denegación se basó en la aplicación automática de la ratio de 1 VTC por cada 30 licencias de taxi.
El Alto Tribunal anula tanto la sentencia del TSJ de Cataluña como las resoluciones administrativas impugnadas. Sin embargo, no reconoce directamente el derecho a obtener las autorizaciones VTC solicitadas, sino que ordena revisar el expediente.
Denegación automática de autorizaciones VTC
La Administración rechazó la solicitud de 42 autorizaciones VTC al comprobar que se superaba la proporción 1/30. Esta limitación se aplicó como criterio único, sin analizar otros requisitos legales necesarios para conceder las autorizaciones VTC.
La mercantil recurrió al considerar que esta práctica impedía el acceso al mercado de nuevas autorizaciones VTC de forma injustificada. El conflicto llegó al Tribunal Supremo, que ha analizado la legalidad de esta limitación.
La ratio 1/30 y las autorizaciones VTC en el Derecho europeo
El núcleo del litigio consistía en determinar si la limitación entre taxis y autorizaciones VTC era compatible con el Derecho de la Unión Europea.
El Tribunal Supremo confirma que la ratio 1/30 no vulnera el artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. En este sentido, descarta que limite las autorizaciones VTC mediante una ayuda de Estado al sector del taxi, ya que no implica ventajas financiadas con fondos públicos.
Restricción a la libertad de establecimiento
No obstante, el Tribunal advierte que esta limitación sí puede afectar al artículo 49 del TFUE. La razón es que restringe el número de operadores que pueden acceder al mercado mediante nuevas autorizaciones VTC.
Para que esta restricción fuera válida, la Administración debía justificar que limitar las autorizaciones VTC era necesario para proteger intereses generales, como el tráfico o el medio ambiente. Además, debía demostrar que la medida era proporcionada.
Fallo del Tribunal Supremo | revisión de autorizaciones VTC
En este caso, la denegación de las autorizaciones VTC se apoyó exclusivamente en la ratio 1/30, sin acreditar su necesidad ni proporcionalidad. Por ello, el Tribunal Supremo concluye que la decisión administrativa no puede mantenerse.
Sin embargo, el Tribunal no concede directamente las autorizaciones VTC. Explica que la Administración no analizó el resto de requisitos exigidos para su otorgamiento.
Por este motivo, ordena retrotraer las actuaciones para que la solicitud de autorizaciones VTC se resuelva de nuevo conforme a la normativa vigente en el momento de su presentación, pero sin aplicar automáticamente la ratio 1/30.
Conclusión | autorizaciones VTC y límite 1/30
La sentencia consolida que la ratio 1/30 no constituye una ayuda de Estado, pero sí puede limitar de forma indebida el acceso a nuevas autorizaciones VTC si no está debidamente justificada. En consecuencia, obliga a la Administración a revisar estas solicitudes sin recurrir de forma automática a dicha restricción.
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