El TJUE cuestiona la validez de los contratos temporales en el sector público

14/04/2026

El reciente fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el caso C-418/24 (Obadal) aborda la problemática de los contratos temporales abusivos en el sector público, un tema de gran relevancia para la legislación laboral en España. Esta resolución se origina a partir de una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo español.

Contexto del asunto C-418/24

El litigio se centra en la situación de una trabajadora que, desde 2016, ha estado desempeñando funciones como cuidadora infantil en un centro público de la Comunidad de Madrid, acumulando seis contratos de interinidad sucesivos. La jurisdicción nacional ha calificado esta práctica como abusiva, lo que ha llevado a la transformación de su relación laboral en indefinida no fija.

La cuestión jurídica principal radica en la validez de las medidas establecidas en el ordenamiento español para sancionar el uso abusivo de contratos temporales en el sector público, en relación con la cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada, que tiene como objetivo prevenir y sancionar tales abusos.

Valoración del TJUE sobre la normativa española

El TJUE ha subrayado que la interpretación del Derecho interno corresponde a los tribunales nacionales, aunque ha proporcionado criterios interpretativos que son de gran importancia. En particular, el Tribunal ha cuestionado si la figura del trabajador indefinido no fijo es una medida adecuada para sancionar el abuso, argumentando que esta solución perpetúa la temporalidad de la relación laboral y, por ende, la precariedad, lo que contraviene el principio de estabilidad en el empleo.

Además, el Tribunal ha analizado el sistema de indemnización establecido en España, señalando que las indemnizaciones son limitadas y solo se abonan al finalizar la relación laboral, lo que no garantiza en todos los casos una reparación efectiva del daño ni elimina las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión.

Responsabilidad administrativa y procesos selectivos

Otro aspecto relevante examinado por el TJUE es el régimen de responsabilidad de las Administraciones Públicas. El Tribunal ha indicado que si este régimen es impreciso o carece de previsibilidad, no puede ser considerado como una medida eficaz, disuasoria y proporcionada, tal como exige el Derecho europeo. Será responsabilidad del Tribunal Supremo verificar si este régimen cumple con tales requisitos.

En relación a los procesos selectivos, el Tribunal ha concluido que tampoco representan una respuesta adecuada al abuso. Aunque estos procesos valoran la experiencia previa del trabajador, no están limitados a aquellos que han sufrido la utilización abusiva de contratos temporales. Esto significa que el trabajador afectado podría no tener la oportunidad de participar o no superar el proceso, sin que se garantice una reparación efectiva.

Consecuencias jurídicas de la sentencia

La sentencia del TJUE revela una posible incompatibilidad estructural entre el sistema español y las exigencias del Derecho de la Unión en materia de contratación temporal en el sector público. En particular, se cuestiona la suficiencia de las medidas actuales para sancionar el abuso y prevenir su repetición.