Audiencia de Álava ratifica negativa de pago a orquesta por incumplimientos en actuación contratada

31/05/2026

La reciente decisión de la Audiencia Provincial de Álava ha generado un impacto significativo en el ámbito de los contratos de prestación de servicios artísticos, al confirmar que el Centro Galego de Vitoria-Gasteiz no está obligado a pagar a la orquesta “Ciudad de Vigo” por una actuación que se consideró defectuosa. Este fallo subraya la importancia del cumplimiento de los términos contractuales en el sector artístico.

La Audiencia ratifica la exención de pago

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Álava ha validado la sentencia que libera al Centro Galego de la obligación de pagar 6.655 euros a la orquesta “Ciudad de Vigo”. La decisión se basa en la evaluación de que la actuación realizada no cumplió con los estándares contractuales establecidos. Esta resolución, que es definitiva, respalda completamente el criterio previamente adoptado por el Tribunal de Instancia de Vitoria-Gasteiz.

Origen del litigio

El conflicto legal surgió tras la actuación de la orquesta durante las festividades organizadas por el Centro Galego los días 22 y 23 de julio de 2023. El representante de la orquesta presentó una demanda solicitando el pago de 6.655 euros, que representaba la mitad de los honorarios acordados para el espectáculo.

No obstante, el Centro Galego se opuso a esta reclamación, argumentando que la calidad del servicio prestado fue inadecuada y no cumplió con las expectativas mínimas para una actuación profesional.

Deficiencias en la actuación

Durante el proceso judicial, el Centro Galego expuso que la actuación estuvo marcada por múltiples problemas tanto artísticos como técnicos. Se destacó que muchos de los músicos que se presentaron en el evento no coincidían con los que se anunciaron en la publicidad de la orquesta. Además, se reportó que los cantantes no estaban familiarizados con las coreografías ni con las letras de varias canciones, lo que contribuyó a la percepción de una actuación deficiente.

Otros problemas mencionados incluyeron retrasos en el horario, dificultades de afinación, fallos en el sonido, micrófonos que no funcionaban correctamente, y desajustes continuos entre la música y las interpretaciones vocales.

Valoración de la prueba y decisión judicial

La sentencia de primera instancia consideró que estas deficiencias estaban suficientemente acreditadas, lo que justificó la negativa al pago solicitado. El representante artístico de la orquesta apeló la decisión ante la Audiencia Provincial de Álava; sin embargo, el magistrado que revisó el caso respaldó la valoración de las pruebas realizada por el juzgado de origen.

La resolución judicial enfatiza que hubo una “razonada y razonable valoración de la prueba testifical”, la cual fue complementada por vídeos presentados durante el juicio. Según el tribunal, estas evidencias demostraron la existencia de “numerosas irregularidades e incumplimientos” que eran fácilmente perceptibles para el público presente.

Implicaciones legales del incumplimiento

Desde un enfoque jurídico, el caso se centra en el cumplimiento de las obligaciones contractuales en el contexto de la prestación de servicios. La Audiencia determinó que la orquesta no llevó a cabo el espectáculo de acuerdo con las condiciones pactadas ni con el nivel de profesionalidad que se esperaba.

Por lo tanto, la Audiencia concluyó que la negativa del Centro Galego a pagar la cantidad reclamada es justificada y conforme a la ley. La sentencia también considera que las deficiencias en la actuación impactaron directamente en la asistencia del público a las festividades organizadas por la entidad.

Con esta resolución, el tribunal cierra definitivamente el conflicto judicial entre las partes, reafirmando que los incumplimientos constatados impiden exigir el pago total de los honorarios acordados.