La CNMC impugna el decreto balear que limita la competencia en el sector del taxi y VTC

19/07/2026

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha decidido presentar un recurso contencioso-administrativo contra varios artículos del Decreto 6/2026 de las Illes Balears, que regula los servicios de taxi y vehículos de transporte con conductor. Este recurso se fundamenta en la consideración de que ciertas medidas establecidas en la normativa limitan de manera injustificada la competencia, lo que podría afectar tanto a los operadores del sector como a los consumidores.

Motivos del recurso

Antes de proceder judicialmente, la CNMC solicitó al Govern balear que modificara o eliminara los artículos en cuestión. Sin embargo, la respuesta de la Administración autonómica fue negativa, lo que llevó a la CNMC a interponer el recurso.

Es importante destacar que la impugnación no abarca todo el decreto, sino que se centra únicamente en aquellos requisitos que, según la CNMC, son innecesarios, desproporcionados o discriminatorios.

Restricciones en el acceso y ejercicio de la actividad

Entre las medidas impugnadas se encuentra la exigencia de que los vehículos que obtengan nuevas autorizaciones de taxi y VTC tengan menos de dos años desde su matriculación. La CNMC argumenta que esta condición limita el acceso al mercado sin demostrar una mejora efectiva en la calidad del servicio.

Asimismo, se cuestiona la exigencia de una longitud mínima de 4,35 metros para estos vehículos. Según la CNMC, esta restricción disminuye la oferta de vehículos más pequeños, incluso aquellos que utilizan energías alternativas menos contaminantes, dificultando así la incorporación de modelos más eficientes sin ofrecer un beneficio real a los usuarios.

Limitaciones a las autorizaciones y nuevos modelos de movilidad

Otro de los artículos impugnados establece un límite de tres solicitudes de autorizaciones VTC por titular en cada convocatoria municipal. La CNMC considera que esta restricción obstaculiza la entrada de nuevos operadores y reduce las economías de escala que podrían resultar en precios más competitivos.

Además, el decreto prohíbe el alquiler parcial de vehículos VTC, lo que impide la contratación por plazas con pago individual. La CNMC sostiene que esta modalidad de transporte compartido podría aumentar la oferta disponible, reducir costos para los usuarios y contribuir a la disminución de la congestión del tráfico y las emisiones contaminantes.

Libertad de empresa y protección del consumidor

El recurso también cuestiona la obligación de publicar las tarifas de los servicios VTC en una página web y la posibilidad de limitar los incrementos de precios durante períodos de alta demanda. La CNMC argumenta que la publicación de tarifas representa una carga administrativa innecesaria, dado que las plataformas digitales ya informan sobre el precio antes de la contratación. Además, se menciona que el Tribunal Supremo ha anulado recientemente una regulación similar en la Región de Murcia por infringir la libertad de empresa.

En relación con los límites en la fijación de precios, la CNMC advierte que estas restricciones podrían disminuir la disponibilidad de vehículos en momentos de alta demanda, lo que incrementaría los tiempos de espera para los usuarios.

La actuación de la CNMC se encuentra respaldada por el artículo 5.4 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, que le otorga la facultad de impugnar disposiciones administrativas que constituyan obstáculos para el mantenimiento de una competencia efectiva en los mercados.