Gobierno aprueba medidas laborales extraordinarias para proteger a trabajadores afectados por incendios forestales

28/07/2026

El reciente real decreto-ley aprobado por el Gobierno tiene como objetivo implementar medidas laborales extraordinarias para proteger tanto a los trabajadores como a las empresas que se han visto afectadas por los incendios forestales.

Normativa aplicable y duración

La normativa entrará en vigor el 22 de julio y se mantendrá vigente hasta la conclusión de la campaña anual de alto riesgo de incendios forestales en 2026. Además, se contempla la posibilidad de extender estas medidas a trabajadores y empresas que, aunque no se encuentren en los municipios afectados, sufran perjuicios directos debido a la emergencia.

Prestación Extraordinaria por Emergencia Extrema

Uno de los elementos más destacados de esta normativa es la creación de la Prestación Extraordinaria por Emergencia Extrema. Esta prestación permitirá a los trabajadores suspender temporalmente su contrato laboral si no pueden realizar su actividad debido a causas directamente relacionadas con los incendios. Entre las situaciones que se consideran para acceder a esta prestación se incluyen:

  • La imposibilidad de acceder a la vivienda habitual para recuperar objetos necesarios para el trabajo.
  • La necesidad de llevar a cabo tareas de limpieza o recuperación de la vivienda afectada.
  • La tramitación de documentación oficial que requiera presencia física.
  • El cumplimiento de responsabilidades de cuidado de familiares o convivientes que se encuentren en situación de vulnerabilidad.
  • El cierre de centros educativos o servicios esenciales.

La solicitud de esta prestación no requerirá un período mínimo de cotización y tendrá una duración máxima de cuatro meses, sin que afecte a las cotizaciones acumuladas previamente. Las empresas deberán enviar un certificado al Servicio Público de Empleo Estatal tras recibir la solicitud del trabajador.

Protección de derechos laborales

El decreto-ley también refuerza la protección de los derechos laborales, estableciendo que cualquier medida desfavorable adoptada por las empresas en respuesta al ejercicio de los derechos reconocidos en esta normativa será considerada nula. Además, se amplía el permiso por fallecimiento a cinco días hábiles, contados desde el hecho causante hasta cinco días después del sepelio.

Suspensión de plazos judiciales y medidas concursales

La normativa incluye una suspensión extraordinaria de ciertos plazos procesales entre el 27 y el 31 de julio en varios partidos judiciales que han sido gravemente afectados. Sin embargo, se mantendrán las actuaciones urgentes, como los procedimientos penales urgentes y la protección de derechos fundamentales. Asimismo, se amplían los plazos en materia concursal para permitir que tanto individuos como empresas afectadas puedan gestionar situaciones de insolvencia sin que la emergencia limite su acceso a la justicia.

Medidas para autónomos y empresas

En el ámbito de la Seguridad Social, los trabajadores autónomos que cesen total o parcialmente su actividad debido a los incendios podrán acceder a la prestación por cese de actividad sin necesidad de cumplir con un período mínimo de cotización o demostrar fuerza mayor. Por otro lado, las empresas que sean autorizadas para implementar expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) por esta causa podrán solicitar exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social para los trabajadores cuya actividad haya sido suspendida o reducida a causa de los incendios forestales.