Nueva pasarela al RETA para mutualistas: Ley 2/2026

30/07/2026

La reciente modificación de la Ley General de la Seguridad Social introduce cambios significativos para los profesionales colegiados que pertenecen a mutualidades alternativas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Esta reforma tiene como objetivo principal mejorar la protección social de estos profesionales, permitiendo una mayor integración en el sistema público de seguridad social.

Creación de una pasarela voluntaria

La Ley 2/2026, promulgada el 29 de julio, establece una pasarela voluntaria que permitirá a los mutualistas transferir ciertos derechos económicos acumulados en sus mutualidades a la Tesorería General de la Seguridad Social. Esta medida busca facilitar la integración de estos profesionales en el sistema público, abordando una problemática identificada en años recientes, donde muchos mutualistas recibieron prestaciones inferiores a las que habrían obtenido si hubieran cotizado en el RETA, especialmente en lo que respecta a jubilaciones.

Características de la pasarela

La pasarela es de carácter voluntario e irreversible. Los mutualistas tendrán la opción de solicitar la transferencia de los derechos económicos generados por sus aportaciones a las mutualidades, lo que les permitirá convertir el capital acumulado en períodos de cotización dentro del sistema público. Sin embargo, es importante señalar que la equivalencia no será automática; la conversión de los años en la mutualidad a años cotizados en el RETA dependerá del monto acumulado y de las fórmulas que se establezcan en el futuro reglamento de desarrollo. Además, una vez realizada la transferencia, no será posible recuperar los fondos ni regresar al sistema alternativo para esa actividad.

Mejoras en las mutualidades

La reforma también incluye medidas que fortalecen las condiciones de funcionamiento de las mutualidades alternativas. Se prevé un aumento gradual de las aportaciones mínimas exigidas, con el objetivo de equipararlas a las cotizaciones del RETA antes de 2028. Asimismo, se establece que las prestaciones mínimas deberán alcanzar al menos el importe mínimo estipulado en el sistema público de Seguridad Social. Las entidades deberán proporcionar mayor transparencia mediante informes periódicos sobre la evolución de los fondos, las prestaciones futuras estimadas y los costos aplicables, además de un refuerzo en la supervisión por parte de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Desarrollo reglamentario pendiente

A pesar de que la ley ya ha entrado en vigor, varios aspectos fundamentales aún requieren desarrollo reglamentario. Entre estos se encuentran la fórmula para convertir los derechos económicos en períodos cotizados, el procedimiento para solicitar la transferencia y la determinación precisa de las aportaciones que podrán ser objeto de la pasarela. Por lo tanto, el impacto real de esta reforma dependerá del contenido del reglamento que el Gobierno apruebe en los próximos meses. Hasta que se clarifiquen estos detalles, los mutualistas deberán esperar para entender cómo esta medida afectará a sus futuras pensiones y si les conviene optar por esta nueva posibilidad de integración en el RETA.