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TJUE establece las condiciones para la responsabilidad estatal por infracciones del derecho de la Unión Europea
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha establecido criterios claros para determinar la responsabilidad de un Estado miembro en relación con los daños ocasionados por decisiones de tribunales nacionales que contravengan el Derecho de la Unión. Las sentencias en los casos C-163/24 y C-293/24 son fundamentales para entender el alcance de la obligación de plantear cuestiones prejudiciales.
Requisitos para la indemnización
Según el TJUE, un particular tiene derecho a solicitar una indemnización al Estado bajo la condición de que se cumplan tres requisitos acumulativos. En primer lugar, la norma del Derecho de la Unión que se ha infringido debe estar diseñada para otorgar derechos a los individuos. En segundo lugar, la infracción debe ser suficientemente caracterizada. Por último, debe existir una relación de causalidad directa entre el incumplimiento y el daño sufrido. Esta doctrina es aplicable incluso cuando la infracción proviene de un tribunal cuyas decisiones no son susceptibles de recurso judicial interno.
La obligación de remitir cuestiones prejudiciales es especialmente relevante en este contexto, aunque su incumplimiento por sí solo no otorga derecho a indemnización. Es necesario que exista también una infracción de otra norma europea que confiera derechos a los particulares.
El caso de las ayudas agrícolas
En el caso C-163/24, un agricultor de Rumanía solicitó en 2007 ayudas para una extensión de 264,71 hectáreas. Tras una inspección, las autoridades determinaron que solo 180,62 hectáreas eran elegibles para subvención, rechazando así la solicitud. Tras varios recursos, el Tribunal de Apelación de Bucarest se negó en 2012 a plantear una cuestión prejudicial sobre la interpretación de la normativa europea correspondiente. Posteriormente, el agricultor demandó al Estado rumano por responsabilidad.
El TJUE concluyó que la negativa a remitir la cuestión no era suficiente para establecer responsabilidad. La norma en cuestión tenía como objetivo proteger los intereses financieros de la Unión, pero no otorgaba derechos al agricultor, lo que significa que no se cumplía el primer requisito para la indemnización.
Protección laboral en una transmisión empresarial
Por otro lado, el caso C-293/24, que involucra a antiguos empleados de Air Atlantis despedidos tras la disolución de la compañía en 1993, presenta una conclusión diferente. Los trabajadores argumentaron que parte de las operaciones habían sido asumidas por Transportes Aéreos Portugueses (TAP), lo que podría constituir una transmisión de empresa protegida por la normativa europea.
En 2009, el Tribunal Supremo de Portugal desestimó la reclamación sin plantear una cuestión prejudicial. Sin embargo, en 2015, el TJUE determinó que efectivamente había ocurrido una transmisión de empresa y que el Tribunal Supremo debió haber consultado al TJUE.
Elementos de una infracción suficientemente caracterizada
El TJUE ha identificado tres elementos clave para evaluar si la actuación del Tribunal Supremo portugués constituyó una infracción suficientemente caracterizada. Primero, la interpretación adoptada en 2009 se apartaba de la jurisprudencia europea existente. Segundo, el tribunal nacional se desvió de estas indicaciones sin plantear una cuestión prejudicial, a pesar de estar obligado a hacerlo. Tercero, el tribunal era consciente de que el método interpretativo que utilizó estaba siendo objeto de una cuestión prejudicial pendiente ante el TJUE.
Estos elementos sugieren la existencia de una infracción suficientemente caracterizada, aunque corresponde al tribunal nacional decidir sobre este aspecto y verificar la relación causal entre la infracción y los daños reclamados.
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