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Entrada en vigor de las nuevas normas de circulación y seguridad vial: cambios para conductores y peatones
El 1 de octubre de 2026, se implementará el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, que introduce modificaciones al Reglamento General de Circulación, previamente establecido por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre.
Nuevas obligaciones para motoristas
La reforma establece obligaciones concretas para los conductores de motocicletas, ciclomotores, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos y ciertos vehículos especiales. Tanto los conductores como los pasajeros de estos vehículos deberán usar un casco homologado, guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado que cubra completamente el pie.
Asimismo, se exige que las motocicletas cuenten con un chaleco reflectante de alta visibilidad como parte de su equipamiento obligatorio. Los profesionales que se desplacen por motivos laborales en motocicleta, ciclomotor, bicicleta, ciclo o VMP estarán obligados a utilizar este chaleco durante sus trayectos.
De manera excepcional, las motocicletas podrán transitar por el arcén derecho en situaciones de congestión del tráfico, siempre que el tramo esté debidamente autorizado y señalizado. En estos casos, la circulación deberá realizarse en fila de a uno y a una velocidad máxima de 30 km/h.
Cambios para VMP y bicicletas
Los conductores de VMP deberán usar un casco de protección homologado o certificado y tener al menos 15 años de edad. Estos vehículos no podrán circular por aceras, autopistas, autovías, travesías ni túneles urbanos.
La reforma también introduce nuevas normativas para las bicicletas. En entornos urbanos, cuando no haya una vía específica para bicicletas, estas deberán circular por la calzada y preferentemente ocupar el centro del carril, siempre que las condiciones de seguridad lo permitan. Los vehículos motorizados deberán mantener una distancia mínima de cinco metros respecto a la bicicleta que los preceda.
Mayor protección en los adelantamientos
El adelantamiento a peatones, animales, ciclomotores, VMP y ciclistas requerirá mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros. En tramos de calzada con más de un carril por sentido, será obligatorio cambiar completamente de carril al realizar la maniobra.
Además, fuera de áreas urbanas, el vehículo que realice el adelantamiento deberá circular al menos 20 km/h por debajo del límite de velocidad permitido durante dicha maniobra.
Nuevas reglas para la movilidad urbana
El nuevo título VI del Reglamento General de Circulación regula de manera específica la circulación en zonas urbanas. Las aceras estarán reservadas para el tránsito y la permanencia de los peatones, prohibiéndose la circulación de vehículos, salvo excepciones que puedan ser establecidas por las ordenanzas municipales.
Los ayuntamientos tendrán la facultad de desarrollar estas disposiciones a través de sus ordenanzas, estableciendo áreas de prioridad residencial, implementando caminos escolares seguros y adoptando medidas para reducir la velocidad del tráfico en zonas cercanas a centros educativos, sanitarios y asistenciales.
Aplicación práctica de la reforma
La entrada en vigor de estas nuevas normativas obligará a conductores, empresas, profesionales de la movilidad y administraciones locales a ajustar sus procedimientos a las nuevas reglas. Algunas de las medidas incluirán periodos transitorios, como ciertas obligaciones relacionadas con los cascos de ciclomotor y el uso de alumbrado diurno para los VMP.
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Lara Peláez González Abogadoslarapelaezgonzalez.esinfo@larapelaezgonzalez.esCentralita: 952 777 906Programa Kit Digital confianciado por los fondos NEXT GENERATION (EU) del mecanismo de recuperación y resiliencia.

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