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Conductor absuelto por exceso de velocidad al llevar a su hija enferma al hospital
Un reciente fallo de la Audiencia Provincial de Cuenca ha absuelto a un conductor que había sido condenado por un delito contra la seguridad vial, tras haber conducido a una velocidad de 228 km/h con el objetivo de llevar a su hija de once años al hospital de manera urgente debido a una grave enfermedad.
El tribunal ha considerado que el comportamiento del acusado se enmarcó dentro de una situación de peligro grave e inminente para la salud de la menor, lo que justifica la aplicación de la eximente de estado de necesidad.
Contexto del incidente
Los hechos ocurrieron el 17 de abril de 2025, cuando el acusado, acompañado de su esposa e hija, se dirigía al hospital. La menor padecía una enfermedad grave que requería un tratamiento intensivo y presentaba episodios frecuentes de dolor, fiebre y náuseas. Durante el trayecto, la niña comenzó a sufrir intensos dolores de espalda, además de náuseas y un estado de agitación que llevó a sus padres a considerar que necesitaba atención médica inmediata.
Ante la urgencia de la situación, decidieron trasladarla al hospital de Albacete, lo que llevó al conductor a exceder significativamente los límites de velocidad permitidos. Fue interceptado por las autoridades cuando circulaba a 228 km/h.
Fundamento de la absolución
La Audiencia Provincial de Cuenca ha determinado que las circunstancias del caso justifican la aplicación de la eximente de estado de necesidad, tal como se establece en el artículo 20.5 del Código Penal. Este artículo contempla situaciones en las que una persona actúa para evitar un mal, siempre que se cumplan ciertos requisitos legales. Entre estos requisitos se incluye que el daño causado no sea mayor que el que se intenta evitar, que la situación de necesidad no haya sido provocada intencionadamente y que el sujeto no tenga la obligación de sacrificarse debido a su cargo o profesión.
En este caso, los magistrados han señalado que existía un riesgo grave y actual para un bien jurídico especialmente protegido: la salud y la integridad física de la menor. La gravedad de los síntomas y el temor justificado de los padres sobre las posibles consecuencias para su hija respaldaron la necesidad de actuar con rapidez.
Consideraciones sobre el estado de necesidad
La resolución también aclara que el estado de necesidad no requiere que el daño ya se haya producido o que sea inevitable. Es suficiente que, dadas las circunstancias, el resultado lesivo se considere inminente y altamente probable. Por lo tanto, la valoración judicial no se limita a verificar el incumplimiento de los límites de velocidad, sino que también debe considerar el contexto en el que se produjo la conducción y los bienes jurídicos en riesgo.
Como resultado, la Audiencia ha estimado el recurso de apelación del conductor, revocando su condena y acordando su absolución total al apreciar la concurrencia de la eximente invocada. Cabe destacar que esta sentencia no es firme y puede ser objeto de recurso en casación ante el Tribunal Supremo.
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